Corte Constitucional protege a víctimas de fraudes digitales y ordena a bancos suspender cobros indebidos

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La Corte Constitucional emitió una decisión histórica al respaldar la Ley Estatutaria 190 de 2022 (Cámara) y 303 de 2023 (Senado), que prohíbe a las entidades financieras cobrar cuotas o deudas a personas que hayan sido víctimas de suplantación de identidad o fraudes digitales.

Con esta medida, las personas afectadas por delitos informáticos no tendrán que pagar créditos, compras o servicios financieros que fueron adquiridos de manera ilícita a su nombre.

La Corte destacó que esta norma garantiza derechos fundamentales como la honra, el buen nombre y la protección de datos personales, y obliga a los bancos a suspender de inmediato cualquier cobro una vez se notifique el caso.

Además, las entidades financieras deberán eliminar los reportes negativos en centrales de riesgo y entregar a la víctima copias de los documentos usados fraudulentamente.

El magistrado Juan Carlos Cortés explicó que la medida “cumple con los fines constitucionales al ofrecer justicia y equilibrio frente a las consecuencias del fraude digital”.

Si una persona sospecha haber sido víctima de suplantación, debe:
  • Notificar inmediatamente al banco para activar el protocolo de protección.
  • Presentar pruebas sumarias del fraude.
  • Denunciar ante la Fiscalía General de la Nación en un plazo máximo de 20 días

Redaccion: ExitosaStereo

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