Con esta medida, las personas afectadas por delitos informáticos no tendrán que pagar créditos, compras o servicios financieros que fueron adquiridos de manera ilícita a su nombre.
La Corte destacó que esta norma garantiza derechos fundamentales como la honra, el buen nombre y la protección de datos personales, y obliga a los bancos a suspender de inmediato cualquier cobro una vez se notifique el caso.
Además, las entidades financieras deberán eliminar los reportes negativos en centrales de riesgo y entregar a la víctima copias de los documentos usados fraudulentamente.
El magistrado Juan Carlos Cortés explicó que la medida “cumple con los fines constitucionales al ofrecer justicia y equilibrio frente a las consecuencias del fraude digital”.
Si una persona sospecha haber sido víctima de suplantación, debe:
- Notificar inmediatamente al banco para activar el protocolo de protección.
- Presentar pruebas sumarias del fraude.
- Denunciar ante la Fiscalía General de la Nación en un plazo máximo de 20 días
Redaccion: ExitosaStereo
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