El primer cambio comenzó a regir el 25 de diciembre de 2025, cuando el recargo nocturno pasó a iniciar a las 7:00 de la noche y se extiende hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente. Anteriormente, este recargo se aplicaba desde las 9:00 p. m. La medida también cobija el trabajo en domingos y festivos, aumentando el valor de las horas laboradas en esa franja horaria.
El ajuste tiene un impacto directo en sectores con operación continua como salud, vigilancia, transporte, logística y comercio, donde una parte significativa de la jornada se desarrolla en horario nocturno. Para estos trabajadores, el cambio representa un incremento automático en la remuneración mensual.
De manera paralela, el país se encamina hacia el último tramo de la reducción de la jornada laboral. Durante el primer semestre de 2026, el límite máximo se mantiene en 44 horas semanales, pero a partir del 15 de julio la jornada legal se reducirá definitivamente a 42 horas, cumpliendo el cronograma establecido por la ley.
Con la llegada de este tope final, dejarán de ser obligatorios algunos beneficios empresariales como el “día de la familia” y las dos horas semanales para actividades recreativas, al considerar la norma que la reducción de la jornada compensa estos espacios. Desde la segunda mitad del año, cualquier tiempo trabajado por encima de las 42 horas deberá ser reconocido como hora extra, con los recargos correspondientes.
El Ministerio del Trabajo advirtió que las empresas deben ajustar sus sistemas de nómina y control horario para cumplir con estas disposiciones. El incumplimiento puede acarrear sanciones económicas de hasta 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, lo que refuerza el carácter obligatorio de los cambios laborales que entran en plena vigencia en 2026.
Fuente: Exitosastereo
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