En los mensajes, el área jurídica de la petrolera estatal advirtió que no existía obligación contractual de pagar al finalizar el acuerdo, lo que contrasta con las declaraciones de David Riaño, vicepresidente de Energía, quien aseguró en 2024 que el proceso había sido transparente y estaba respaldado en análisis jurídicos y financieros.
El concepto interno de 2018, elaborado por el abogado Rolando Correa Suescún, precisaba que al tratarse de un contrato BOOMT —donde los activos se amortizan con las tarifas pagadas durante la operación— los bienes debían pasar a Ecopetrol sin necesidad de nuevos desembolsos.
La contradicción entre la postura oficial y los documentos internos ha desatado cuestionamientos sobre la transparencia y legalidad del pago millonario al empresario William Vélez, beneficiario de la transacción.
La cesión del contrato de Meta Petroleum a Ecopetrol en 2016 y la modalidad del mismo son ahora el centro del debate, pues las evidencias sugieren que la compañía no estaba obligada a realizar ese pago adicional.
Con estas revelaciones, la estatal enfrenta una nueva controversia que reabre el debate sobre el manejo de recursos públicos en proyectos estratégicos de energía.
Fuente: Infobae